La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió que si Aeroméxico no compensa a los viajeros afectados por el paro de más de seis horas de los pilotos realizado este martes, podría recibir una multa de 781,978 pesos por cada pasajero que haya sido perjudicado.
El paro afectó a más de 10,600 pasajeros por la interrupción de 62 vuelos nacionales e internacionales, según cifras emitidas por la aerolínea.
La Procuraduría informó que ha recuperado 880,390 pesos a favor de algunos consumidores
La Procuraduría encabezada por Rogelio Cerda Pérez, ha logrado hasta el momento la conciliación entre Aeroméxico y 1,333 pasajeros afectados.
La mayoría de las quejas que llegaron a la Profeco por este tema eran porque la aerolínea se negaba a hacer efectivas las compensaciones a las que tiene derecho el consumidor.
En el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Profeco logró 79 conciliaciones entre Aeroméxico y los pasajeros afectados, mientras que en el resto del país, 1,254 fueron conciliados.
De acuerdo con las políticas de cancelación que había registrado ante Profeco, Aeroméxico ofrece las siguientes compensaciones:
* En los retrasos de 1 a 2 horas, cupón para utilizar en un vuelo posterior en la misma ruta, correspondiente al 5 por ciento del precio pagado por el boleto.
* En los retrasos de 2 a 4 horas, cupón para utilizar en un vuelo posterior en la misma ruta, correspondiente al 7.5 por ciento del precio pagado por el boleto.
* En los retrasos superiores a cuatro horas, que fueron la mayoría en esta ocasión, el pasajero tiene derecho, según su elección, a la devolución del costo del boleto o de la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje e indemnización del 25 por ciento del precio del boleto o la parte no realizada del viaje o a transportación en el primer vuelo disponible, acceso a medios de comunicación, alimentos de acuerdo con el tiempo de espera y en caso de pernocta, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
* El pasajero también tiene derecho a transportarse en una fecha posterior hacia el destino del vuelo cancelado, de acuerdo con la disponibilidad e indemnización del 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada.