El 25 de julio, la jueza de circuito del Condado de Miami-Dade, Teresa Pooler, desestimó los cargos de lavado de dinero contra Michell Espinoza, un vendedor Bictoin local.
La decisión fue una pausa muy bienvenida en el camino hacia la servidumbre financiera.
También es un pequeño revés para las autoridades que quieren combatir el crimen (con o sin víctimas) criminalizando y rastreando las ganancias del “lavado”, y quienes, de manera irracional, pretenden hacer dicho seguimiento acabando con la privacidad financiera de la ciudadanía; es decir, rastreando sin restricción alguna las cuentas y las actividades financieras de los sujetos en quienes tienen puesta la mira.
La Red Contra Delitos Financieros (FinCEN) del Tesoro de Estados Unidos es, hoy día, el cuartel general de tales esfuerzos.
Como nos recuerda una cédula de la Fed de Atlanta, los esfuerzos de las autoridades se fundamentan en la Ley del Secreto Bancario (BSA) de 1970 (un nombre más honesto sería la Ley Anti-Secreto Bancario). El Congreso ha complementado y modificado esa ley en varias ocasiones, amparándose sobre todo en el Título III de la Ley Patriota de Estados Unidos de 2001, y expandiéndola según los dictados de la Reserva Federal y la FinCEN.
Las leyes y los reglamentos asentados hoy en los libros han “establecido requisitos para llevar registros e informar de transacciones específicas, incluida la identidad de un individuo que participe en transacciones de bancos y otras instituciones financieras [IF]”. Estos requisitos se conocen colectivamente como reglas anti-lavado de dinero (AML).
En particular, se requiere que los bancos y otras instituciones financieras obedezcan los protocolos del “Programa de Identificación del Cliente” (CIP; también llamado “conozca a su cliente”), los cuales exigen verificar y registrar los documentos de identidad de todos los clientes, y “señalar las cuentas de clientes sospechosos”. Los bancos y las instituciones financieras deben presentar “Informes de Transacciones de Divisas” (CTR) para los depósitos, retiros o transferencias de cualquier cliente que asciendan a 10,000 o más dólares.
Para excluir la posibilidad de que la gente haga transferencias a través de entidades no bancarias y no supervisadas, ahora FinCEN requiere que los “negocios de servicios de dinero” no depositarios (MSB) –definición FinCen que incluye a los “transmisores de dinero” como Western Union, y a los emisores de tarjetas de prepago como Visa- también conozcan a sus clientes. Los bancos y los MSB deben rendir “informes de actividades sospechosas” (SAR) para transacciones superiores a 5,000 dólares quepuedan estar asociadas con el lavado de dinero u otra actividad criminal. Y hasta los clientes individuales deben presentar informes.
Entrar o salir de Estados Unidos con 10,000 dólares o más amerita un “Informe de Divisa o Instrumento Monetario” (CMIR). Cualquier ciudadano estadounidense que tenga 10,000 dólares o más en cuentas extranjeras, aunque nunca presenten movimientos, debe presentar un “Informe de Cuentas Bancarias y Financieras Extranjeras” (FBAR) anualmente.
Además, los gobiernos estatales otorgan licencias a los transmisores de dinero e imponen reglas diferentes a sus licenciatarios.
Cuando se implementó la mayor parte de estas normas, antes de 2009, básicamente había solo tres conductos convenientes (no permutables) para hacer pagos de gran valor. Si Smith quería transferir 10,000 dólares a Jones podía hacerlo en persona, con dinero en efectivo, lo cual normalmente supondría una gran retiro seguido de un gran depósito, y los consiguientes CTR.
También podía hacer una transferencia remota usando la transferencia de depósitos del sistema bancario, lo cual, si resultaba sospechoso, provocaría los correspondientes CTR o SAR. O bien, podía utilizar un servicio como Western Union o Moneygram lo que, de nueva cuenta, podría desencadenar los SAR. Así que, por lo pronto, las autoridades tenían todo bastante bien cubierto.
Pero luego llegan Bitcoin y otras criptomonedas. Por supuesto, el efectivo sigue siendo una opción cara a cara. Pero ahora, si Smith quiere transferir 10,000 dólares a Jones, remotamente, no necesita ir a un banco o a una oficina de Western Union. Puede lograr su propósito (a) comprando los 10,000 dólares en Bitcoins, (b) transfiriendo a Jones los BTC en línea, y (c) dejando que Jones los venda en dólares (o no, como quiera).
Como es evidente, a las autoridades les encantaría tapar este “resquicio legal”. Sin embargo, la Internet, a diferencia del sistema de compensación interbancaria, no es un conducto de acceso limitado donde los usuarios pueden ser forzados a realizar un seguimiento e informar sobre su tráfico. Ninguna institución financiera está implicada en una transferencia Bitcoin paritaria.
Es verdad, Smith no podrá comprar 10,000 dólares en Bitcoins si no los paga con una transferencia bancaria, la cual alertará a las autoridades, pero en principio, podría comprarlos en persona de manera muy disimulada usando efectivo.
En el reciente caso legal, parece que esta posibilidad de transferencias no monitoreadas fue detectada por el detective Ricardo Arias, del Departamento de Policía de Miami Beach, quien “quedó intrigado” y, presumiblemente, alarmado al enterarse de Bitcoin durante una reunión con el Grupo de Tareas en Crímenes Electrónicos de Miami, del Servicio Secreto de Estados Unidos.
El detective Arias y el agente especial, Gregory Ponzi, decidieron investigar las ventas de Bitcoin por dinero en el sur de la Florida (tomo algunos detalles del caso a partir de la decisión de la jueza Pooler en Estado de Florida v. Michell Abner Espinoza, 2016).
Arias y Ponzi fueron a localbitcoins.com en busca de un vendedor que quisiera hacer una venta en efectivo cara a cara. Arias, actuando encubierto, hizo contacto con un tal Michell Espinoza, presuntamente elegido por su horario flexible. En su primer encuentro en una cafetería de Miami Beach, Arias compró 500 dólares en Bitcoins y más tarde, otros 1000 dólares cuando se reunieron en una heladería Haagen-Daaz de Miami.
Arias intentó hacer una tercera compra por 30,000 dólares en una habitación de hotel donde habían montado cámaras de vigilancia, pero Espinoza sospechó, atinadamente, que la moneda ofrecida era falsa y se negó.
En esa reunión, inmediatamente después de la compra fallida, Espinoza fue arrestado y acusado de un cargo de operar ilegalmente un negocio de servicios de dinero sin tener licencia del Estado de Florida, y dos cargos de lavado de dinero bajo la ley de Florida.
La jueza Pooler desestimó las tres acusaciones.
Tras evaluar sus argumentos como economista monetario, me parece que algunos son perspicaces, aunque otros no vienen al caso o resultan confusos.
Sobre la acusación de que Espinoza operaba un negocio ilegal de servicios de dinero y sin licencia, la jueza tuvo razón al señalar que Bitcoin no es aceptada ampliamente para el intercambio de bienes y por lo tanto, “tiene un largo camino por recorrer antes de ser el equivalente del dinero”.
En consecuencia, “el intento de ajustar la venta de Bitcoin a un régimen legal que regula las empresas de servicios de dinero, es como meter una clavija cuadrada en un agujero redondo”.
Sin embargo, ofreció argumentos de menos peso al concluir que Bitcoin no es dinero, diciendo que está “respaldado por nada” y que “ciertamente no es riqueza tangible y no se puede esconder debajo de un colchón, como el efectivo y los lingotes de oro”.
Los bonos de la Reserva Federal son dinero y no tienen respaldo alguno, y los depósitos bancarios son dinero a pesar de ser intangibles. Hoy día, los lingotes de oro no son dinero (se aceptan comúnmente como un medio de cambio).
Por otra parte, la jueza Pooler señaló, correctamente, que Espinoza no recibió la moneda (o su valor) con el fin de transmitirla a un tercero en nombre de su cliente, como hace Western Union. Solo recibió efectivo como vendedor de Bitcoin.
Agregó que Bitcoin tampoco cae en alguna de las categorías de “instrumento de pago”, según la definición legal de la Florida, de manera que Espinoza no estaba operando un negocio de servicios de dinero como se define en el estatuto.
De hecho, el Bitcoin no es un instrumento de pago como lo define la ley, ya que no es una suma fija de “valor monetario” en dólares, como las categorías de instrumentos enumeradas en el estatuto. Se trata de un activo con un precio flotante en dólares, como una participación en las acciones de una empresa.
En este punto, la jueza Pooler aceptó un argumento clave de la defensa (básicamente, “el acusado no estaba transmitiendo dinero, sino que solo vendía un bien por dinero”), el cual fue rechazado por el juez Collyer enEstados Unidos v. E-Gold (2008).
En el sistema e-gold, Smith podría comprar y transferir fácilmente a Jones los derechos a unidades de oro reservadas en el almacén de e-gold. Las autoridades federales acabaron exitosamente con e-gold por “transmitir dinero” sin las licencias adecuadas. El juez Collyer aceptó el argumento de la fiscalía de que vender oro a Smith, proporcionándole un vehículo para transferirlo a Jones, y recomprarlo a Jones, es equivalente a transmitir dinero de Smith a Jones.
Por supuesto, el caso de Espinoza es diferente, en cuanto a que Espinoza no proporcionó un vehículo para transmitir Bitcoins a un tercero, y tampoco compró Bitcoins a cualquier tercero.
Respecto del delito de lavado de dinero, la jueza Pooler no encontró pruebas de que Espinoza actuara con la intención de promover una actividad ilícita o disfrazar las ganancias. Además, la ley de Florida es demasiado imprecisa para determinar si se aplica a las transacciones Bitcoin.
Por lo tanto: “Esta corte no está dispuesta a castigar a un hombre por vender su propiedad a otro, cuando sus actos caen bajo un estatuto escrito de forma tan vaga que incluso los profesionales del derecho tienen dificultades para encontrar un significado singular”.
Imagino que, ahora, FinCEN querrá trabajar con el Estado de Florida y otros estados, para reescribir sus definiciones legales de empresas de servicios financieros y lavado de dinero, a fin de reforzar su directiva de 2013, según la cual los intercambios Bitcoin deben informarse como MSB y de tal manera, someterse a las reglas “conozca a su cliente” y “rendir informes sobre sus clientes”.
Pero si hasta los vendedores Bitcoin individuales, como Espinoza, deben registrarse como MSB, eso podría significar el fin del comercio legal Bitcoin por efectivo.
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Publicado en cooperación con Newsweek / Published in cooperation with Newsweek