Un juez federal sobreseyó el amparo promovido por un ciudadano contra el ecocidio en el ex Ejido Ojocaliente del pasado 25 de febrero. Aunque la decisión significa un paso más hacia la construcción de una plaza comercial contigua al Centro Comercial Espacio, la empresa Inmobiliaria Imagen Visión todavía no puede intervenir el predio.
El Juez Tercero de Distrito en Aguascalientes, Milton Kevin Montes Cárdenas, consideró que el abogado Marco Ramírez, quien promovió el juicio, no tiene derecho a reclamar por la tala de al menos 121 árboles del predio contiguo al Centro Comercial Espacio, con la que se violó la protección provisional que el mismo juez había impuesto al terreno.
“No se acreditó que yo tenía interés legítimo porque, para tener interés, tendría que acreditar que vivo aquí y mi contrato de arrendamiento para el juez no tiene valor probatorio”, explicó Ramírez Rodríguez a Newsweek Aguascalientes.
La resolución aún no es definitiva. El abogado confirmó que solicitará que un Tribunal Colegiado la revise y hasta que ese recurso se resuelva, Inmobiliaria Imagen Visión no puede intervenir en su predio.
“Como se trata de Derecho Ambiental, debería bastar con pruebas indiciarias. Mi contrato de arrendamiento debería comprobar que vivo aquí”, argumentó el abogado.
El sobreseimiento del juicio no es el primer revés a la protección del Ex Ejido. En junio, Ramírez Rodríguez también solicitó que se castigara a la delegación de Semarnat por no haber protegido el predio para evitar la tala. Pero el mismo Juez exoneró a la dependencia en julio pasado.
Con este sobreseimiento, la impugnación de ese perdón también quedó suspendida y ya no será retomada.
Marco Ramírez promovió el amparo en febrero de este año con la intención de frenar la autorización que Semarnat dio a Imagen Visión de talar 221 mezquites y huizaches en el predio propiedad de la constructora. El argumento del abogado fue que el derribo violaba el derecho de las personas a un medio ambiente sano.
El 20 de febrero, el Juez Tercero de Distrito concedió la suspensión provisional de la autorización, con lo que prohibió a la empresa iniciar los preparativos para la construcción hasta que terminara el juicio. Pero la inmobiliaria hizo el derribo el sábado 25, a pesar de la suspensión, porque Semarnat “no pudo” notificarle que lo tenía prohibido.