CISEN debe informar cuántas personas espió en 2014: SCJN

Tras una solicitud de información de Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) en abril de 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) debe informar sobre la cantidad de personas que espió en 2014.

R3D realizó la solicitud de información a través del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y tras una serie de amparos y recursos jurídicos, la Suprema Corte falló a su favor, por lo que la información solicitada deberá ser pública.

“En abril de 2016 solicitamos al gobierno federal información sobre cuántas personas espió el CISEN durante 2014. Se negaron a proveerla, por lo que acudimos al INAI, que determinó que la información debía ser entregada. Alegando riesgos a la seguridad nacional, volvió a negarse. Hoy le toca a la Suprema Corte decidir al respecto y hacer cumplir la transparencia”, dice una infografía llena de sátira que publicó R3D.

Infografía tomada de www.r3d.mx

Luego de la resolución de la SCJN, R3D publicó un comunicado que dice que “la resolución RDA 2149/16 del INAI establece que la información requerida por R3D es de carácter estadístico, por lo que es de naturaleza pública, independientemente de la materia con la que se encuentre vinculada. Por tanto, el 25 de mayo de 2016, el INAI instruyó al CISEN a entregar la información solicitada a R3D en un plazo no mayor a 10 días. Sin embargo, el 4 de agosto, el Consejero Jurídico del Ejecutivo promovió un recurso de revisión ante la SCJN para que dicha información no fuera divulgada por razones de “seguridad nacional”.

“La decisión de la Suprema Corte es un precedente positivo en la transparencia y rendición de cuentas de las dependencias que ejercen acciones de vigilancia en México. Como hemos mostrado en el informe “El Estado de la Vigilancia: Fuera de Control”, es importante que los organismos facultados para ejercer la vigilancia en el país sean auditables en relación a las actividades que realizan”, añade.

“Por ejemplo, información estadística obtenida por R3D mediante solicitudes de acceso a la información ofrece datos reveladores sobre la vigilancia en México, como que 99 por ciento de las solicitudes de acceso a datos de usuarios de telecomunicaciones se han hecho sin autorización judicial; o que en más de 90 por ciento de las averiguaciones previas en las que se ha usado una medida de vigilancia no se ha ejercido ninguna acción penal”, indica el comunicado.

Por su parte, Luis Fernando García, director ejecutivo de R3D, dijo que “La decisión de hoy es un paso muy importante para la transparencia y el derecho a la privacidad en México; las personas tenemos derecho a conocer aspectos básicos sobre cómo es que las autoridades vigilan a la población”.