El consejero comicial Augusto Hernández Abogado consideró que, en materia de ejecución de multas, el Instituto Estatal Electoral (IEE) y el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) aplicaron criterios distintos.
Mientras el IEE consideró pertinente que las multas aplicadas a partidos políticos derivadas de precampañas se liquidaran en dos pagos –y en algunos casos en una sola exhibición–, el organismo jurisdiccional ordenó al electoral ejecutarlas en cinco parcialidades.
“Es la adopción de un criterio distinto, que es la adopción de un criterio jurídico y de diversas formas de interpretación y de órganos colegiados (IEE y TEEH)”, explicó.
Hernández recordó que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso las multas, pero al IEE le corresponde su ejecución; es decir, el cobro.
Luego de interponer un recurso de apelación contra el esquema de cobro, los partidos Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT) y de la Revolución Democrática (PRD) lograron que el plazo para liquidar sus sanciones se extienda hasta diciembre de 2016.
El consejero aseguró que la sentencia del TEEH no genera controversia al IEE, pues el monto de las multas no disminuye, sólo se otorga más tiempo para cumplir con el pago.