Tras un litigio de casi dos años, una pareja de Aguascalientes logró que un juez local invalidara la negativa del Registro Civil a unirlos por ser el varón portador del VIH, y contrajo matrimonio este lunes.
Este es el segundo caso en el que el Registro Civil rechaza una solicitud de matrimonio amparado en el artículo 45 de su reglamento, que exige análisis clínicos de VIH a quienes quieren casarse, y el 143 del Código Civil del estado, que marca el padecimiento de una enfermedad de transmisión sexual como impedimento para hacerlo. El primer matrimonio se efectuó en 2012, también gracias a una sentencia judicial.
Rosalinda Aréchar, representante de la organización VIHDHA, celebró la decisión del juez. Se trata, consideró, de un avance hacia la derogación de esos artículos, que al menos 11 organizaciones ha solicitado desde 2014.
“Fue un juicio, desde mi punto de vista, muy tardado. Pero pude comprobar que a veces las personas están dispuestas a hacer su trabajo, pero es la normatividad lo que se los impide”, reconoció la activista, que calificó esos ordenamientos de ‘arcaicos’.
Aréchar Lara insistió en que, aunque en estos casos la orientación de los contrayentes no fue la causa de que el Registro Civil rechazara sus solicitudes de matrimonio, la ley lo obliga a violar los derechos humanos de los pacientes de VIH, además de normas oficiales mexicanas.
“Ninguna persona que viva con VIH puede tener un trato diferenciado. En ese sentido, sí es discriminatorio que no puedan gozar de los mismos beneficios que las personas que no tienen VIH y que decidan contraer matrimonio”, puntualizó.
La activista confirmó que tanto VIHDHA como otras organizaciones seguirán insistiendo en anular estos requisitos del Código Civil y el reglamento del Registro Civil. Mientras tanto, dijo, da seguimiento al trabajo de sensibilización que realiza la Secretaría de Salud para que los portadores del virus informen a sus parejas, se sometan a tratamientos que eleven su calidad y tiempo de vida y prevengan la transmisión del virus.